8.  Adelantamiento

El adelantamiento a otros vehículos debe hacerse por la izquierda, teniendo en cuenta las siguientes reglas:
1) El que sobrepase, debe constatar previamente que a su izquierda la vía esté libre en una distancia suficiente para evitar todo riesgo, y que ningún conductor que le sigue lo esté a su vez sobrepasando.
2) Debe tener la visibilidad suficiente y no iniciar la maniobra si se aproxima a una encrucijada, curva, puente, cima de la vía o lugar peligroso.
3) Debe advertir al que le precede su intención de sobrepasarlo por medio de destellos de las luces frontales, o la bocina en zona rural. En todos los casos debe utilizar el indicador de giro izquierdo hasta concluir su desplazamiento lateral.
4) El sobrepaso debe efectuarse rápidamente, de forma tal de retomar su lugar a la derecha, sin interferir la marcha del vehículo sobrepasado; esta última acción con el indicador de giro derecho en funcionamiento.
5) El vehículo que ha de ser sobrepasado, deberá posibilitar el mismo manteniendo su derecha y, eventualmente, reducir su velocidad.
6) Para indicar a los vehículos posteriores la inconveniencia de adelantarse, se pondrá la luz de giro izquierda, ante la cual desistirán del sobrepaso
7) No puede comenzarse el adelantamiento de un vehículo que previamente ha indicado su intención de hacer lo mismo mediante la señal pertinente.
8) Cuando varios vehículos marchen encolumnados, la prioridad para adelantarse corresponde al que circula inmediatamente detrás del primero, los restantes deberán hacerlo conforme su orden de marcha.
9) Los camiones y maquinarias especiales facilitarán el adelantamiento en caminos angostos, corriéndose a la banquina.

Si el vehículo que lo precede acciona la luz de giro izquierda NO inicie el sobrepaso. (Puede estar indicándole que va a virar en esa dirección).

Autoevaluación de adelantamiento