3.7.1. Generalidades sobre muros de albañilería

3.7.1.1. Ejecución de los muros

Un muro se levantará con regularidad, bien aplomado y alineado de acuerdo a reglas de arte. Los materiales y despiezos deben responder, según su uso, a las prescripciones de este Código, Reglamentos o Normas oficiales.

Las juntas deben ser llenadas perfectamente con mezcla, y su espesor promedio no debe exceder de 0,015 mts. El ladrillo debe ser completamente mojado antes de colocarse.

Se prohíbe usar pasta de cal que no haya sido apagada y enfriada, como asimismo cemento fraguado.

3.7.1.2. Preservación de los muros contra la humedad

En todo muro es obligatoria la colocación de una capa hidrófuga para preservarlo de la humedad y servirá para aislar el muro de cimentación de la parte elevada.

La capa hidrófuga horizontal se situará una o dos hiladas más arriba que el nivel del solado; dicha capa se unirá al contrapiso mediante un revoque hidrófugo vertical en cada paramento.

En un muro de contención, donde un paramento está en contacto con la tierra y el desnivel entre solados o entre terreno y solado continuo exceda de 1,00 se interpondrá una aislación hidrófuga aplicada a un tabique de panderete y unida a la capa horizontal.

Cuando a un muro se arrime un cantero o jardineras, se colocará un aislamiento hidrófugo vertical, rebasando 0,20 mts. los bordes de esos canteros o jardineras. Además, cuando existan plantas próximas hasta 0,50 mts. del paramento, dicho aislamiento se extenderá; a cada lado del eje de la planta, 1,00 mt., hacia abajo 0,20 mts. más profundo que la capa hidrófuga horizontal y hacia arriba 0,20 mts. por sobre el nivel de la tierra. Si el muro careciera de capa hidrófuga horizontal, las aislaciones verticales previstas se llevarán hasta 0,60 mts. debajo del nivel de la tierra.

En la confección de las capas hidrófugas se emplearán materiales y productos de la industria aprobados de acuerdo con los Reglamentos o Normas Oficiales.

 

3.7.1.3. Trabas de muros

La traba entre ladrillos, sillería o mampuesto debe ejecutarse de modo que las juntas verticales no coincidan en la misma plomada en dos hiladas sucesivas.

La traba entre muros y refuerzos o contrafuertes debe hacerse hilada por hilada de modo de conseguir un empotramiento correcto. La traba de un muro nuevo con otro existente debe hacerse por lo menos cada 6 hiladas y con una penetración no menor que medio largo de ladrillo.

 

3.7.1.4. Anclaje de muro

Los paños de muros que se encuentren limitados por vigas, columnas, losas y entrepisos se anclarán a las columnas con grampas, flejes o barras metálicas distanciadas entre sí de no más de 0,50 mts.

 

3.7.1.5. Encadenado de muros

A un muro cuyo cimiento lo constituyan: emparillados, piltines, entramados de madera, y no apoyen directamente sobre el suelo, se le dotará de un encadenado o viga de cintura en su nacimiento. Un muro de sostén que reciba cargas concentradas, tendrá un encadenado o dados de apoyo a la altura de la aplicación de esas cargas.

 

3.7.1.6. Relleno de muros

Los materiales usados en el relleno de muros no se tomarán en cuenta en el cálculo de su resistencia.

 

3.7.1.7. Sostén de los muros durante su construcción

Un muro durante su construcción, no debe erigirse aisladamente sin sostenes a más que 5,00 mts. de altura. En todos los casos se colocarán puntales de seguridad distanciados horizontalmente 5 mts., salvo cuando se requiera un mayor apuntalamiento.

 

3.7.1.8. Pilares y Pilastras

Un pilar y una pilastra serán construidos en albañilería maciza cuidadosamente ejecutada, con mezcla reforzada de las proporciones que se establecen en los Reglamentos o Normas Oficiales.

Cuando reciban cargas concentradas debe verificarse su esbeltez de acuerdo con las prescripciones contenidas en los Reglamentos de cálculo.

No se debe efectuar canalizaciones, huecos o recortes en un pilar ni en una pilastra de sostén.

 

3.7.1.9. Dinteles y arcos

La parte superior de una abertura debe ser cerrada por un dintel o arco y su entrega en la pared será igual a la altura del dintel.

Un arco de mampostería se ejecutará con una flecha o peralte mínima de 1/20 de la luz libre y será proyectada para soportar la carga sobrepuesta.

 

3.7.1.10. Recalce de muros

Un recalce se hará después de apuntalar sólidamente el muro.

Los pilares o tramos de recalce que se ejecuten simultáneamente distarán entre pies derechos no menos de 10 veces el espesor del muro a recalzar; estos tramos tendrán un frente no mayor que 1,50 mts. y serán ejecutados con mezcla de cemento Pórtland de las porciones establecidas en los Reglamentos o Normas oficiales.

 

3.7.2. Muros de materiales no cerámicos

3.7.2.1. Los muros de piedra que sean de sostén o de fachada tendrán espesores, en ningún caso inferiores a los que correspondan para la albañilería de ladrillos comunes macizos.

 

3.7.3.0. Muros y cercas interiores y divisorios entre predios

3.7.3.1. Espesor de muros divisorios – Rebajos

Un muro divisorio que separe partes cubiertas en edificios independientes, aún entre predios del mismo propietario tendrá un espesor mínimo de 0,30 mts. Los conductos verticales de canalizaciones y los horizontales deberán estar a una distancia no menor de 0,07 mts. del eje del predio.

 

3.7.3.2. Cerca divisoria entre predios

Cuando la cerca divisoria se construya con espesores inferiores a 0,30 mts. tendrá a distancias no mayores de 3,00 mts. pilares o pilastras que con el muro forme secciones de 0,30 mts. x 0,30 mts. o bien habrá otras estructuras de resistencia equivalente.

La cerca divisoria entre predios podrá ser de otros materiales.

La altura mínima de esta cerca, será de 1,80 mt. medida desde el nivel del terreno mas alto, salvo cuando el uso y de acuerdo a lo establecido en los artículos del capítulo 2.10. “Protección contra incendios”, disponga de otra altura por razones de seguridad.

 

3.7.3.3. Material de muros divisorios

Un muro divisorio que separe partes cubiertas sólo podrá ser construido en albañilería de ladrillos macizos o piedra. Los muros divisorios de unidades locativas de un mismo edificio, tendrán una aislación acústica e ignífuga equivalente a un muro de ladrillos comunes de 0,30 mts.

 

3.7.3.4. Construcciones sin apoyar en muros divisorios

Cuando se quiere construir sin apoyar en un muro divisorio existente, podrá levantarse un nuevo muro adosado y sin trabar con aquel. En el caso de que el nuevo muro no quede adosado, se cuidará que el espacio entre ambos muros sea hermético. Si se lo separa del nuevo muro divisorio existente, la distancia mínima debe ser de 1 mt.

 

3.7.4. Cálculo de los muros

3.7.4.1. Carga útil de muros divisorios

Un muro divisorio no puede ser cargado en cada predio con más del 50 % de su carga admisible.

 

3.7.4.2. Muros de contención

El espesor mínimo de un muro de contención es el que se establece en los artículos 3.7.5.1. y 3.7.5.2., aún cuando sirva de sostén o división entre predios y siempre se debe justificar el espesor adoptado mediante cálculos de resistencia.

Un muro de contención debe tener durante su ejecución barbacanas a nivel del suelo más bajo que faciliten el drenaje del agua.

 

3.7.4.3. Muros con sobrecarga lateral

En caso de que sobre un muro pueda producirse un empuje lateral se debe justificar su espesor mediante un cálculo de resistencia. En el paramento del muro se debe indicar en forma visible y permanente la altura hasta la cual se ha previsto el empuje.

 

3.7.5. Muros cargados y no cargados

3.7.5.1. Muros cargados

El Departamento Contralor de Obras Particulares podrá exigir la presentación del cálculo respectivo cuando los muros cargados hagan presumir insuficiente resistencia.

 

3.7.5.2. Espesores mínimos de muros no cargados

Tipo
Locales 1º y 3º categoría
Locales 2º y 4º categoría
interior
exterior
interior
exterior
Ladrillos comunes
0,08
0,20
0,08
0,15
Ladrillos huecos cerámicos
0,10
0,18
0,10
0,10
Bloques
0,10
0,22
0,10
0,10

El espesor mínimo de un muro de ladrillos, bloques o ladrillos cerámicos dependerá de la relación entre su altura y la longitud entre pilares o contrafuertes; su valor se indica a continuación:

Altura Espesor mínimo con revoque en dos parámetros
De 2,50 mts. a 3,50 mts 0,08 mts.
De 3,51 mts. a 4,50 mts. 0,10 mts.
De 4,51 mts. a 5,50 mts. 0,12 mts.
De 5,51 mts. a 6,50 mts. 0,15 mts.

Cuando la longitud de un paño de muro comprendido entre pilares o contrafuertes excede de 1,5 veces la altura, se adoptará el espesor que sigue en la tabla.

No puede construirse un muro de espesor de 0,15 mts. o menos, con la altura mayor que 6,50 mts.

Los pilares o contrafuertes pueden considerarse sustituidos por muros transversales o columnas trabadas con el muro dentro de las distancias establecidas.

 

3.7.5.4. Uso de muros existentes

Un muro existente puede ser usado en obra nueva sí está bien aplomado, si la mezcla está en buenas condiciones de conservación y si cumple con lo determinado en este Reglamento en lo referente a aislación hidrófuga y cimientos.

 

3.7.5.5. Uso de muros asentados en barro se permitirá utilizar

Un muro divisorio existente en barro, en buen estado de 0,45 mts. o más de espesor siempre que su altura no sea mayor a 6,00 mts.

Un muro existente de 0,30 mts. de espesor, asentado en barro, siempre que se halle en buen estado de estabilidad y no tenga una altura mayor de 4,00 mts.

En cualquier caso el muro divisorio no podrá utilizarse como pared de carga, y como terminación tendrá las dos últimas hiladas asentadas con mezcla de cal o cemento y revocadas.

 

3.7.5.4. Uso de muros existentes

Un muro existente puede ser usado en obra nueva sí está bien aplomado, si la mezcla está en buenas condiciones de conservación y si cumple con lo determinado en este Reglamento en lo referente a aislación hidrófuga y cimientos.

 

3.7.5.6 Reparación de muros divisorios

Todo hueco, canaleta, rotura o falta de protección hidrófuga y/o revoque o deterioro que, de algún modo afecte a un muro divisorio como consecuencia de una obra, debe ser reparado dé acuerdo a reglas de arte, inmediatamente de producido.

 

3.7.6. Muros Privativos contiguos a predios linderos

Los muros privativos contiguos a predios linderos puedan construirse en reemplazo de los muros divisorios y solamente pueden ser utilizados por el Propietario del predio en el cual están emplazados. Los muros privativos contiguos a predios linderos no deben contener conductos en su espesor. Sin embargo pueden instalarse tuberías para agua corriente, gas, electricidad y calefacción, siempre que:

Se embutan en canaletas de no más de 0,05 mts. de profundidad.

La tubería se coloque al construir el muro.

En los muros privativos contiguos a predios linderos no pueden ejecutarse cortes, rebajas, canaletas, después de construido.

Un muro privativo puede ejecutarse de 0,20mts. de espesor mínimo terminado,

en ladrillos cerámicos autoportantes y/u otro material equivalente y que cumpla con los siguientes requisitos:

Tener una protección hidrófuga adecuada.

Tener una resistencia a la rotura o el pandeo no menor que 20 Kg/cm2 referido a la sección transversal total del muro.

Tener una resistencia el impacto de una carga de 50 kg. (como mínimo) aplicada en caída libre desde una altura de 1,00 mt. en el medio de sus luces reales.

Tener una conductibilidad térmica no mayor que K: 1,65.

Tener una absorción sonora o amortiguación acústica no inferior a 40 db (decibeles).

Tener una resistencia al paso del fuego similar a la de un muro de ladrillos cerámicos de 0,20 mts. de espesor revocado en los dos paramentos.

Para erigir un muro privativo contiguo a predio lindero, se debe previamente presentar una memoria descriptiva, donde consten características del muro a ejecutar, cañerías previstas en el mimo, formas constructivas.

El propietario que edifique en un predio lindero a otro que tiene un muro privativo construido de acuerdo con el presente artículo debe asegurar la estanqueidad de la junta entre ambos muros y evitar los efectos de la humedad.

 

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