Eximición de pago de Tasas Municipales

El artículo 97 de la Ordenanza Fiscal vigente establece de manera taxativa quienes están exentos del pago de esta tasa, y el artículo 83 fija quienes gozan de rebajas.
Asimismo, Ordenanza 19985 (Art. 1) establece los requisitos a cumplir por los Jubilados, Pensionados y Personas de bajos ingresos que formalmente realicen la petición de eximición. Los requisitos son:

  • Si tenés solo una propiedad y habitás en ella en forma permanente.
  • Si tenés un vehículo, su antigüedad deberá ser mayor a 10 años.
  • Si tus ingresos no son superiores al salario mínimo del Agrupamiento Obrero Municipal (Ver escala de sueldos), o si sos jubilado y/o pensionado, y tu ingreso no supera dos jubilaciones mínimas.
  • Si no tenés deuda con este Municipio.
  • Si la valuación fiscal del inmueble es inferior a la suma de $3.900.000.

A la Tasa de Salud regulada en los artículos 262/270 de la Ordenanza Fiscal vigente también se aplican las exenciones previstas por el artículo 97 de esta norma para la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública.

REQUISITOS y DOCUMENTACIÓN

1. Título de propiedad o boleto de compra y venta
2. Documento de Identidad: Original y copia.
3. Último recibo de cobro.
4. Último recibo de pago de la tasa municipal.
5. Formulario de declaración jurada completo (Descargar documento).
6. No tener deudas respecto de las demás tasas municipales.

Cómo llegar

Para acceder al Área de Servicios Públicos del Departamento de Recaudación una vez que usted cruza la puerta giratoria de Alsina 43 debe dirigirse al pasillo de su izquierda, transite por él, a su derecha se encontrará con la ventanilla de Servicios Públicos.

Pasos para realizar el trámite:

  • null

    Presentar en Departamento Recaudación la declaración jurada y la documentación para su visado y control de inexistencia de deudas con el municipio respecto de las otras tasas y derechos municipales.

  • null

    Mesa de entradas recepciona el trámite visado por el Departamento Recaudación, otorgándole número de expediente, realizando su pase al Departamento catastro.

  • null

    Departamento Recaudación realiza informe en relación con la información brindada en el expediente.

  • null

    En caso de corresponder, se autoriza la eximición solicitada mediante resolución firmada por el titular de la Secretaría de Economía.

  • null

    Se notifica al recurrente de la resolución.

  • Costo

    $575

    Se tramita en el Departamento de Recaudación.
  • Hora

    De 8 a 13 horas

  • Dirección

    Alsina 43

  • Teléfono

    0291 459 4000 Int. 2385