Jefe de división del despacho de la Secretaría de Políticas Sociales

Correspondiente al Expediente 510 Nº 1123 Año 2017
Bahía Blanca, 03 de Diciembre de 2018.-
Visto la solicitud que consta a fs.1 respecto a realizar el concurso
cerrado para desempeñar el cargo de Jefe de División del Despacho de la Secretaría de Políticas Sociales,
atento a lo informado por la Subsecretaría de Capital Humano a fs. 39, y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Políticas Sociales presenta la necesidad de
contar con un agente que cumpla funciones de Jefe de División, a fin de reorganizar y optimizar el
funcionamiento interno de la dependencia,
Que resulta conveniente proceder a la selección de aquella
persona que cumpla con las condiciones requeridas para el desarrollo de las funciones y tareas a
desarrollar, atento lo determinado en el Artículo 39º del Convenio Colectivo de Trabajo;
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de
sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º)- Llamase a concurso cerrado para cubrir un cargo efectivo del Agrupamiento Jerárquico
categoría 02/3A, para desempeñar la función jerárquica de Jefe de División del Despacho de la Secretaría
de Políticas Sociales, designándolo en forma interina en categoría 02/3B con una carga horaria semanal
ampliada de cuarenta y ocho (48) horas, en un todo de acuerdo a las bases y condiciones que se
establecen en el presente Decreto.-
El desempeño de la función jerárquica mencionada comprende una Bonificación Remunerativa por
Función Jerárquica del 25% sobre la categoría 02/3B.01 según lo establecido en el Artículo 6° del Decreto
Nº1400/2009.-
ARTICULO 2º)- Establézcanse los siguientes requisitos, perfil del puesto, responsabilidades, funciones y
competencias correspondientes al llamado a concurso:
Requisitos:
Para presentarse los postulantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
• Curriculum Vitae con foto y documentación respaldatoria de los antecedentes laborales.
Los títulos de formación profesional deberán acreditarse mediante fotocopias que serán
autenticadas por la Subdirección de Capital Humano.-
• Poseer estudios secundarios completos (copia del certificado analítico).-
• Se valorara capacitación y cursos vinculados con el trabajo administrativo.-
• Poseer conocimiento del Proceso administrativo Municipal.-
• Haber realizado reemplazos de la Jefatura de División.-
• Presentación de un Proyecto de desempeño de Despacho.-
• Antigüedad de dos (2) años de permanencia en la Secretaría de Políticas Sociales.-
• Planta Permanente o temporaria
Perfil de puesto buscado
• Desempeñar el cargo de jerarquía media dentro del Despacho de la Secretaría de Políticas
Sociales, responsable directo del proceso administrativo.-
Funciones y Responsabilidades del cargo concursado
• Coordinar y conducir su trabajo.-
• Las establecidas en la Ley Nº 14.656 y en el Convenio Colectivo de Trabajo de
Empleados Municipales.-
• Organizar el flujo de expedientes administrativos del área de la Secretaría de Políticas
Sociales.-
• Coordinar las áreas de los cuatros despachos de las Subsecretarías de Niñez, Adolescencia
y Familia, Deportes, y las Direcciones Generales de Integración y Fortalecimiento de los
Derechos Humanos y de Acción Social.-
• Dividir y asignar tareas en el ámbito que se desarrolla con idoneidad y liderazgo.-
• Velar por el cumplimiento y los pasos, normas, instrucciones y recomendaciones
obligatorias del proceso administrativo.-
ARTICULO 3º) – Establézcanse las siguientes etapas del concurso:
MUNICIPALIDAD
DE
BAHIA BLANCA
Correspondiente al Expediente 510 Nº 1123 Año 2017
PRESELECCION – ETAPA DE ADMISIBILIDAD
Vencido el plazo de inscripción, la Subdirección de Capital Humano realizará las certificaciones
correspondientes de plazo y el resultado de las presentaciones, lo cual formara parte de las presentes
actuaciones, debiendo realizar un acto administrativo debidamente fundado con la nómina de los
inscriptos admitidos al procedimiento de selección, así como la exclusión de aquellos postulantes que no
reúnan los requisitos requeridos. La resolución de exclusión será recurrible dentro de los dos (2) días
subsiguientes al de la correspondiente notificación. Las impugnaciones se presentaran en la Subdirección
de Capital Humano.-
El Sr. Secretario del área resolverá las impugnaciones y su resolución causara estado.-
Vencido de plazo para realizar impugnaciones o resueltas las presentadas, el Departamento
Administración de Personal elevara un informe detallado del legajo personal de los agentes admitidos el
que contendrá los siguientes aspectos: presentismo, sanciones disciplinarias, licencias ordinarias y
especiales, reemplazos, y toda información relevante, el que será agregado al expediente del concurso.-
Asimismo la Dirección General de Técnica Jurídica suministrara información respecto de la existencia de
sumarios y su estado.-
SELECCIÓN – ETAPA DE EVALUACION
Quienes hayan sido preseleccionados en la etapa de admisibilidad, tendrán que realizar los siguientes
exámenes en el lugar, y horario que oportunamente les sea notificado por la Subdirección de Capital
Humano.-
1) Examen psico – laboral: los agentes preseleccionados deberán someterse a un examen de aptitud
psicológica a efectuarse por un profesional en psicología del Servicio de Reconocimientos Médicos a fin
de evaluarlos en competencias conductuales y perfil requerido. Se evaluaran las capacidades de
compromiso, ética, liderazgo, trabajo en equipo, orientación al ciudadano, tolerancia a la presión,
dinamismo, credibilidad técnica, calidad de trabajo, productividad, confidencialidad, modalidad de
contacto, responsabilidad y toda otra información que se estime pertinente para juzgar la idoneidad del
candidato, resultando de la misma un informe que dicho profesional deberá elevar para la instancia de
toma de decisión del jurado.-
2) Entrevista personal: cumplimentada la etapa de examen psico – laboral, los postulantes serán
entrevistados por el jurado que evaluará toda otra información que estime pertinente para juzgar la
idoneidad del postulante, asimismo en esa entrevista deberá hacer una breve exposición y defensa del
Proyecto presentado.-
Finalizadas las entrevistas, el Jurado emitirá un dictamen donde constara el orden de mérito en base a
quienes se encuentren en mejores condiciones de cubrir el cargo que se concursa. El dictamen será
fundado y por simple mayoría, y en caso de empate el representante del Departamento ejecutivo de mayor
jerarquía tendrá doble voto. El acta será suscripta por los miembros del jurado.-
El dictamen se notificará a todos los agentes participantes de la Entrevista Personal.-
Los postulantes podrán deducir impugnación contra el dictamen del Jurado, dentro de los tres (3) días
siguientes al de la publicación, la impugnación solo podrá versar sobre aspectos vinculados a la
legitimidad del procedimiento o del acto. La introducción de cuestiones referidas al mérito del dictamen
impedirá dar trámite a la impugnación. Previo dictamen del Área Legal de la Municipalidad de Bahía
Blanca, el Sr. Intendente Municipal resolverá la impugnación y la resolución que se dicte causara estado.-
Vencido el plazo precedente o resueltas definitivamente las impugnaciones cuando las hubiere, el Sr.
Intendente Municipal podrá, mediante resolución fundada, escoger el candidato que considere más apto
para el cargo en vista del interés público municipal, teniendo presente el dictamen producido por el
Jurado.
Notificado de su designación, el postulante se hará cargo de sus funciones en el plazo que determine el
acto administrativo de designación.-
ARTICULO 4)- El postulante designado para ejercer el cargo de Jefe de División del Despacho de la
Secretaría de Políticas Sociales, será designado en la función y en la categoría establecida en el Artículo
Primero, y tendrá un periodo de prueba de seis (6) meses contados desde su designación. Cumplido ese
plazo, y de no mediar informe negativo de desempeño, quedara efectivo en la categoría 02/3A.01, siendo
interino en la categoría 02/3B con una carga horaria semanal ampliada de cuarenta y ocho (48) horas, para
desempeñar la función jerárquica de jefe de división, correspondiéndole abonar la Bonificación
Remunerativa por Función Jerárquica del 25% establecida en el Artículo 6° del Decreto 1400/2009.-
ARTÍCULO 5º: Desígnanse tres (3) integrantes titulares del Jurado representantes del Departamento
Ejecutivo y dos (2) representantes del Sindicato de Trabajadores Municipales. Todos los miembros
titulares deberán tener su correspondiente Jurado suplente.-
ARTICULO 6º)- Los miembros del jurado podrán ser recusados con causa por los postulantes. Se correrá
traslado de la recusación deducida al miembro del jurado para que en el plazo de un (1) día hábil la
conteste por escrito.-
MUNICIPALIDAD
DE
BAHIA BLANCA
Correspondiente al Expediente 510 Nº 1123 Año 2017
El Sr. Intendente Municipal resolverá el incidente de recusación, dictando el correspondiente acto
administrativo que admita o desestime la recusación, que causara estado.-
ARTICULO 7º)- Los miembros del jurado deberán excusarse, al tomar conocimiento de la nómina de
concursantes. Las causas de recusación o excusación serán las dispuestas en el Artículo 6° de la
Ordenanza General 267/80.-
ARTICULO 8º)- Encomendar a la Subdirección de Capital Humano, la correspondiente publicación del
presente llamado a concurso, durante el periodo comprendido entre los días 12 de Diciembre de 2018 y
14 de Diciembre de 2018; dándole la difusión correspondiente a todos los agentes dependientes de la
Secretaría de Políticas Sociales, mediante los siguientes medios de comunicación:
 Sitio web del Empleado Municipal.-
 Publicación en el transparente de la Subdirección de Capital Humano de la Municipalidad de
Bahía Blanca, habilitado al efecto, en Alsina 65.-
 Aviso del llamado a concurso y correspondiente notificación escrita del mismo a todos los agentes
dependientes de la Secretaría de Políticas Sociales.-
ARTÍCULO 9º)- Fijase el período comprendido entre los días 19 de Diciembre de 2018 y 21 de
Diciembre de 2018 como período de inscripción al presente concurso. Para lo cual los interesados en
inscribirse deberán dirigirse a la Subdirección de Capital Humano de la Municipalidad de Bahía Blanca,
Alsina 65, en el horario de 08:00 a 12:30 horas.-
Para realizar la inscripción los interesados deberán ir munidos de la documentación correspondiente que
cumplimente con los requisitos establecidos en el Articulo Segundo.-
ARTICULO 10º)-Cúmplase, publíquese, notifíquese, tomen nota Departamento de Administración de
Personal, Subdirección de Capital Humano, demás dependencias municipales que correspondan, dese al
R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 2919/ 2018