Ordenanza 7025

Autorizando la obra de tendido de la red de gas natural en varios barrios de la ciudad.

ORDENANZA Nº 7025

ORDENANZA Nº 7025

Título: Autorizando la obra de tendido de la red de gas natural en varios barrios de la ciudad.

Tema:

Expediente H.C.D.: HCD-1272/92.

Expediente M.B.B.: 415-8216/92.

Fecha de Sanción: 23 de octubre de 1992.

Fecha de Promulgación:

Decreto de Promulgación Nº

Derogada por la Ordenanza:

Modificada por la Ordenanza: 7219, 7869, 8264


ORDENANZA

Artículo 1° - Autorícese la obra para el tendido de la red domiciliaria de gas natural en las calles que se detalla a continuación:

BARRIO ALDEA ROMANA

RAMON Y CAJAL, entre Salliqueló y los Adobes (vereda impar).

LOS ADOBES, entre Ramón y Cajal y Pasteur (vereda impar).

BARRIO MILLAMAPU

14 de JULIO, entre Victorica y Urtasun. (vereda impar).

14 de JULIO, entre Urtasun y Bullrich. (vereda impar).

14 de JULIO, entre Bullrich y Spilimbergo. (vereda impar).

14 de JULIO, entre Spilimbergo y Campos. (vereda impar).

14 de JULIO, entre Campos y Quiroga. (vereda impar).

14 de JULIO, entre Quiroga y Rogatis (vereda impar).

VICTORICA, entre 14 de Julio y Bermúdez (vereda par).

VICTORICA, entre Bermúdez y Washington (vereda par).

VICTORICA, entre Washington y Remedios de Escalada (vereda par).

VICTORICA, entre Remedios de Escalada y Parera. (vereda par).

VICTORICA, entre Parera y Matheu. (vereda par).

BERMUDEZ, entre Victorica y Urtasun. (ambas veredas).

BERMUDEZ, entre Urtasun y Bullrich (ambas veredas).

BERMUDEZ, entre Bullrich y Spilimbergo (ambas veredas).

BERMUDEZ, entre Spilimbergo y Campos. (ambas veredas).

BERMUDEZ, entre Campos y Quiroga. (vereda impar).

WASHINGTON, entre Victorica y Urtasun. (ambas veredas).

WASHINGTON, entre Urtasun y Bullrich. (vereda impar).

WASHINGTON, entre Bullrich y Spilimbergo. (vereda par).

WASHINGTON, entre Spilimbergo y Campos. (vereda impar).

WASHINGTON, entre Campos y Quiroga. (ambas veredas).

REMEDIOS DE ESCALADA, entre Victorica y Urtasun. (ambas veredas).

REMEDIOS DE ESCALADA, entre Bullrich y Spilimbergo (ambas veredas).

REMEDIOS DE ESCALADA, entre Spilimbergo y Campos (ambas veredas).

REMEDIOS DE ESCALADA, entre Campos y Quiroga. (vereda par).

PARERA, entre Victorica y Urtasun (vereda impar).

PARERA, entre Urtasun y Bullrich (vereda par).

PARERA, entre Bullrich y Spilimbergo (vereda par).

PARERA, entre Spilimbergo y Campos (vereda impar).

URTASUN, entre 14 de Julio y Bermúdez (ambas veredas).

URTASUN, entre Bermúdez y Washington (vereda par).

URTASUN, entre Washington y Remedios de Escalada (vereda impar).

URTASUN, entre Remedios de Escalada y Parera (ambas veredas).

URTASUN, entre Parera y Matheu (vereda impar).

BULLRICH, entre 14 de Julio y Bermúdez (ambas veredas).

BULLRICH, entre Bermúdez y Washington. (ambas veredas).

BULLRICH, entre Washington y Remedios de Escalada (ambas veredas).

BULLRICH, entre Remedios de Escalada y Parera (ambas veredas).

BULLRICH, entre Parera y Matheu (vereda impar).

SPILIMBERGO, entre 14 de Julio y Bermúdez (ambas veredas).

SPILIMBERGO, entre Bermúdez y Washington (ambas veredas).

SPILIMBERGO, entre Washington y Remedios de Escalada (ambas veredas).

SPILIMBERGO, entre Remedios de Escalada y Parera (vereda impar).

SPILIMBERGO, entre Parera y Matheu (vereda impar).

CAMPOS, entre 14 de Julio y Bermúdez (ambas veredas).

CAMPOS, entre Bermúdez y Washington. (vereda impar).

CAMPOS, entre Washington y Remedios de Escalada (ambas veredas).

QUIROGA, entre 14 de Julio y Bermúdez (vereda impar).

QUIROGA, entre Bermúdez y Washington (vereda impar).

QUIROGA, entre Washington y Remedios de Escalada (vereda impar).

ROGATIS, entre 14 de Julio y Bermúdez (vereda impar).

BARRIO DUPRAT

ZELARRAYAN, entre Quiroga y Mazzarello (vereda impar).

ZELARRAYAN, entre Mazzarello y Rigamonti (vereda impar).

ZELARRAYAN, entre Rigamonti y Peñaloza. (vereda impar).

ZELARRAYAN, entre Peñaloza y Plunket (vereda, impar).

MITRE, entre Quiroga y calle Interna (vereda impar).

MITRE, entre Calle Interna y Mazzarello (vereda impar).

MITRE, entre Mazzarello y Rigamonti (vereda impar).

MITRE, entre Rigamonti y Peñaloza (ambas veredas).

MITRE, entre Peñaloza y Plunket (ambas veredas).

ALVARADO, entre Quiroga y Calle Interna (vereda par).

ALVARADO entre Calle Interna y Mazzarello. (vereda par).

CALLE INTERNA, entre Mitre y Alvarado (vereda par).

MAZZARELLO, entre Mitre y Alvarado. (vereda impar).

RIGAMONTI, entre Zelarrayán y Mitre (ambas veredas).

PEÑALOZA, entre Zelarrayán y Mitre (ambas veredas).

PEÑALOZA, entre Mitre y Alvarado (vereda par).

PLUNKET, entre Zelarrayán y Mitre (vereda impar).

BARRIO LATINO

MZ. DE LAS LUCES, entre Estomba y Vicente López (vereda, impar).

MZ. DE LAS LUCES, entre Vicente López y P. Rolando (vereda impar).

MZ. DE LAS LUCES, entre Posta Rolando y Vieytes (vereda impar).

LA ARCADA, entre Estomba y Vicente López (vereda impar).

LA ARCADA, entre Vicente López y Posta Rolando (vereda impar).

LA ARCADA, entre Posta Rolando y Vieytes (vereda par).

SUIZA, entre Vicente López y Posta Rolando (vereda par).

QUIROGA, entre Estomba y Ayacucho. (vereda par).

QUIROGA, entre Ayacucho y Zelarrayán. (vereda par).

MAZZARELLO, entre Ayacucho y Zelarrayán (ambas veredas).

RIGAMONTI, entre Estomba y Ayacucho (ambas veredas).

RIGAMONTI, entre Ayacucho y Zelarrayán (ambas veredas).

ZELARRAYAN, entre Varela y Quiroga (vereda par).

ZELARRAYAN, entre Quiroga y Mazzarello (vereda par).

ZELARRAYAN, entre Mazzarello y Rigamonti (vereda par).

ZELARRAYAN, entre Rigamonti y Peñaloza. (vereda par).

AYACUCHO, entre Quiroga y Mazzarello (ambas veredas).

AYACUCHO, entre Mazzarello y Rigamonti (ambas veredas).

AYACUCHO, entre Rigamonti y Peñaloza (ambas veredas).

ESTOMBA, entre Quiroga y Rigamonti (vereda impar).

ESTOMBA, entre Rigamonti y Peñaloza (vereda impar).

ESTOMBA, entre Mz. de las Luces y La Arcada (vereda par).

VICENTE LOPEZ, entre Mz. de las Luces y La Arcada (vereda par).

VICENTE LOPEZ, entre La Arcada y Suiza (vereda impar).

POSTA ROLANDO, entre Mz. de las Luces y La Arcada (ambas veredas).

POSTA ROLANDO, entre La Arcada y Suiza (vereda impar).

VIEYTES, entre Mz. de las Luces y La Arcada (vereda impar).

BARRIO VILLA HARDING GREEN

PILCANIYEN, entre Agote y Argerich (vereda impar).

PILCANIYEN, entre Argerich y Laferrere (vereda impar).

PILCANIYEN, entre Laferrere y Pirovano (vereda impar).

PILCANIYEN, entre Pirovano y Gambaretes (vereda impar).

PILCANIYEN, entre Gamberetes y Calle Interna (vereda impar).

PILCANIYEN, entre Calle Interna y Malharro (vereda impar).

PENNA, entre Agote y Argerich (vereda par).

PENNA, entre Agote y Laferrere (vereda impar).

SAN JOSE, entre Agote y Laferrere (vereda par).

SAN JOSE, entre Laferrere y Gálvez (vereda par).

SAN JOSE, entre Gálvez y Pirovano. (vereda par).

RUBEN DARIO, entre Laferrere y Pirovano (vereda impar).

RUBEN DARIO, entre Pirovano y Gambaretes (vereda impar).

AGOTE, entre Pilcaniyén y Penna (vereda par).

AGOTE, entre Penna y San José (vereda par).

ARGERICH, entre Pilcaniyén y Penna (ambas veredas).

LAFERRERE, entre Pilcaniyén y Penna (vereda impar).

LAFERRERE, entre Rubén Darío y San José (vereda par).

GALVEZ, entre Rubén Darío y San José (ambas veredas).

PIROVANO, entre Pilcaniyén y Rubén Darío (vereda impar).

PIROVANO, entre Rubén Darío y San José (vereda impar).

GAMBARETES, entre Pilcaniyén y Rubén Darío (ambas veredas).

CALLE INTERNA, entre Pilcaniyén y Rubén Darío (vereda impar).

BARRIO VILLA BELGRANO

FORTINERO, entre Avenida Alem y 12 de Octubre (vereda par).

FORTINERO, entre 12 de Octubre y Cerrito (vereda par).

RESERO, entre Avda. Alem y 12 de octubre (ambas veredas).

RESERO, entre 12 de Octubre y Cerrito (ambas veredas).

FELIPE VARELA, entre Avda. Alem y 12 de Octubre (vereda impar)

FELIPE VARELA, entre 12 de Octubre y Cerrito (vereda impar).

AVENIDA ALEM, entre Indio y Fortinero (vereda impar).

AVENIDA ALEM, entre Fortinero y Resero (vereda impar).

AVENIDA ALEM, entre Resero y Felipe Varela (vereda impar).

12 de OCTUBRE, entre Fortinero y Resero (ambas veredas).

12 de OCTUBRE, entre Resero y Felipe Varela (ambas veredas).

CERRITO, entre Fortinero y Resero (vereda par).

CERRITO, entre Resero y Varela (vereda par).

BARRIO VILLA HARDING GREEN

PILCANIYEN, entre Laferrere y Pirovano (vereda par).

PILCANIYEN, entre Pirovano y Gambaretes (vereda par).

PILCANIYEN, entre Gambaretes y Malharro (vereda par).

SALINAS CHICAS, entre Agote y Laferrere (vereda impar).

SALINAS CHICAS, entre Laferrere y Pirovano (ambas veredas).

SALINAS CHICAS, entre Pirovano y Gambaretes (vereda par).

SALINAS CHICAS, entre Gambaretes y Malharro (vereda par).

PATAGONES, entre Agote y Laferrere (ambas veredas).

PATAGONES, entre Laferrere y Pirovano (ambas veredas).

PATAGONES, entre Pirovano y Gambaretes (ambas veredas).

PATAGONES, entre Gambaretes y Malharro (vereda impar).

PATAGONES, entre Malharro y Victorica (vereda impar).

ARAUCANOS, entre Agote y Laferrere (ambas veredas).

ARAUCANOS, entre Laferrere y Pirovano (ambas veredas).

ARAUCANOS, entre Gambaretes y Malharro (ambas veredas).

AGOTE, entre Araucanos y Patagones (vereda par).

AGOTE, entre Salinas Chicas y Pilcaniyén (vereda par).

LAFERRERE, entre Araucanos y Patagones (ambas veredas).

LAFERRERE, entre Patagones y Salinas Chicas (ambas veredas).

LAFERRERE, entre Salinas Chicas y Pilcaniyén (vereda impar).

PIROVANO, entre Indiada y Araucanos (vereda impar).

PIROVANO, entre Araucanos y Patagones (ambas veredas).

PIROVANO, entre Patagones y Salinas Chicas (vereda impar).

PIROVANO, entre Salinas Chicas y Pilcaniyén (ambas veredas).

GAMBARETES, entre Araucanos y Patagones (ambas veredas).

GAMBARETES, entre Patagones y Salinas Chicas (ambas veredas).

GAMBARETES, entre Salinas Chicas y Pilcaniyén (ambas veredas).

MALHARRO, entre Araucanos y Patagones (vereda impar).

MALHARRO, entre Patagones y Salinas Chicas (ambas veredas).

HALHARRO, entre Salinas Chicas y Pilcaniyén (vereda impar).

BARRIO SAN VICENTE

BOULOGNE SUR MER, entre Sívori y S.M. de Balcarce (vereda par).

BOULOGNE SUR MER, entre S.M. de Balcarce y Agote (vereda par).

PASO DE LOS ANDES, entre Sívori y S.M. Balcarce (ambas veredas).

PASO DE LOS ANDES, entre S.M. de Balcarce y Agote (ambas veredas).

PICHEUTA, entre Sívori y S.M. de Balcarce (vereda impar).

PICHEUTA, entre S.M. de Balcarce y Agote (vereda impar).

ALVAREZ CONDARCO, entre Sívori y S.M. de Balcarce (vereda impar).

ALVAREZ CONDARCO, entre S.M. de Balcarce y Agote (vereda impar).

SIVORI, entre Picheuta y Paso de los Andes (vereda par).

SIVORI, entre Paso de los Andes y Boulogne Sur Mer (vereda par).

S.M. DE BALCARCE, entre Alvarez Condarco y Picheuta (ambas veredas).

S.M. DE BALCARCE, entre Picheuta y P. de los Andes (ambas veredas).

S.M. DE BALCARCE, entre P. de los Andes y B. Sur Mer (ambas veredas).

AGOTE, entre Alvarez Condarco y Picheuta (vereda impar).

AGOTE, entre Picheuta y Paso de los Andes (vereda impar).

AGOTE, entre Paso de los Andes y Boulogne Sur Mer (vereda impar).

Artículo 2° - Declárense cumplidas las exigencias de los artículos 184º, inc.2), de la Constitución Provincial y 29°, inc.2) y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades por la Ordenanza de Obras Públicas nº ##2082 y sus modificatorias.

Artículo 3º - La obra autorizada por la presente se encuadra dentro de las prescriptas por la Ordenanza de Obras Públicas y se realizará por aplicación de sus artículos 9º, inciso a), y de los artículos 1º y 2º del Capítulo I de su decreto reglamentario Nº 754/76, "Ejecución directa con fondos municipales"; dicho monto será posteriormente reintegrado por los vecinos frentistas.

Artículo 4º - La obligatoriedad del pago de la obra a realizarse, conforme lo establece el artículo 6° de la Ordenanza de Obras Públicas, queda sujeta a las disposiciones de la Sección II, artículos 29º, 36º a 39° y concordantes del decreto reglamentario Nº 754/76.

Déjese establecido que el prorrateo, a los efectos del artículo 6º de la Ordenanza de Obras Públicas, se hará por servicios, según las determinaciones de los artículos 30°, inciso 4) y 1º y 35º del antedicho decreto reglamentario.

Artículo 5º - Se establece un costo por servicio de treinta y siete módulos de la Ordenanza Impositiva vigente a la fecha de pago, equivalente al mes de septiembre de 1992 a pesos trescientos cincuenta ($ 350.-) y en siete con cincuenta (7,50) módulos, por conexión domiciliaria, equivalente a la misma fecha a pesos setenta ($ 70.-). Las parcelas cuyos anchos sean mayores de 24 mts. abonarán el adicional de un servicio por coda módulo de 12 mts. de incremento sobre la magnitud anterior.

Artículo 6º - El monto resultante del artículo 5º será abonado por los usuarios hasta en treinta y seis (36) meses, quedando sujeto el valor de las cuotas a lo prescripto en la Ley de Convertibilidad Nº 23.928; su ajuste eventual se hará conforme las normas que pudieren dictarse, en orden nacional y/o provincial, referidas a la antedicha ley.

El pago de las cuotas establecidas comenzará a los sesenta (60) días de habilitación del servicio. Este adicional se liquidará conjuntamente con la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservaci6n de la Vía Pública y se acreditará en la Cuenta Especial "Obras de Alumbrado Publico".

Artículo 7º - E1 gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la cuenta especial "Fondo para obras Ampliación Red de Gas Domiciliario".

Artículo 8º - De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.


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