Visto
El proyecto de ordenanza obrante a fojas 6, mediante el cual se impone el nombre de “Noemí Souza” a la calle sin nombre que nace en calle Antonio Lattanzio 150 hasta Javier Rizzo, corre paralela entre Zelarrayán y Mitre, y a las prolongaciones de la misma que en un futuro se generen; y
Considerando:
Que a fojas 3 y 4 la Dirección de Museo y Archivo Histórico sugirió el nombre e informó acerca de la historia y trayectoria de la mezzosoprano bahiense Noemí Souza y a fojas 5 el Departamento Catastro Territorial sugirió el texto para redactarlo.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de
Artículo 1º - Impónese el nombre Noemí Souza a la calle sin nombre que nace en calle Antonio Lattanzio 150 hasta Javier Rizzo, corre paralela entre Zelarrayán y Mitre, y a las prolongaciones de la misma que en un futuro se generen.
Artículo 2º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTE.