Decreto 175/2022

Alquiler vivienda De Angelis 25 Centro Comunitario San Roque

Ref: Exp. 1-583-12592-2011-1-0

BAHÍA BLANCA, 01 de Febrero del 2022.

Visto las presentes actuaciones, atento al informe elevado por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia a fs. 137 solicitando la aprobación del Contrato de Locación celebrado entre esta Comuna y el Centro Comunitario San Roque, representado por el señor Rodrigo Antonio Vivallo Cruces, D.N.I. 16.968.992 según copia de Acta Nº1314 que obra a fs. 92, documentación que respalda su representatividad y, ante la necesidad de contar con una oficina ubicada en el predio del mencionado Centro sito en calle De Angelis Nº25, planta alta, de esta ciudad, para el funcionamiento del Programa Envión, con vigencia a partir del 1 de Enero de 2022 y hasta el 31 de Diciembre de 2.023, teniendo en cuenta la visación de la Dirección General de Técnica Jurídica y en base a la imputación de la Contaduría General, la INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA en uso de sus facultades,

 

- D E C R E T A -

PRIMERO: Aprobar en todas sus partes el Contrato de Locación celebrado entre esta Comuna y el Centro Comunitario San Roque, representado por el señor Rodrigo Antonio Vivallo Cruces, D.N.I. 16.968.992, por el alquiler de la oficina ubicada en las instalaciones del mencionado Centro, sito en calle De Angelis Nº25, planta alta, de esta ciudad, para el funcionamiento el Programa Envion, a partir del 1º de Enero de 2022 y hasta el 31 de Diciembre de 2023, en las condiciones establecidas en el referido Contrato.
SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a liquidar a favor del Centro Comunitario San Roque, cuit 30-68117672-8 , representado por el Señor Rodrigo Antonio Vivallo Cruces, D.N.I. 16.968.992, la suma de pesos veintidos mil quinientos($ 22.500) mensuales en concepto de alquiler desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2022; y a partir del 1 de enero de 2023 se ajustará de acuerdo al Art. 14 de la Ley Nº27.551, según el índice conformado por partes iguales entre las variaciones del IPC y RIPTE publicado mensualmente por el BCRA;  abonado por mes adelantado del día 1 al 15 de cada mes, según lo establecido en la cláusula Tercera del Contrato de Locación, el referido pago se realizará mediante la confección de expedientillos mensuales a través de la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, con oportuna rendición de cuentas.
TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Jurisdicción: 1110106000; Fuente: 110; Cat. Programática: 63 00, Gasto: 3.2.1.0. del Presupuesto de Gasto Vigente.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tome nota Subdirección de Presupuesto y Planificación, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y gírese al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación; dése al R.O. y ARCHIVESE.