Decreto 260/2021

Aprobar Convenio entre el Municipio de Bahía Blanca e IPES S.A. (pilas y baterías)

Ref: Exp. 1-617-6039-2020

 

Bahía Blanca, 17 de febrero de 2021.-

Visto las presentes actuaciones por las que se celebra la firma de un Convenio de Adecuación y Disposición Final de Residuos Especiales. Programa Pilas por la Preservación del Medio Ambiente, entre el Municipio de Bahía Blanca e IPES S.A.; y,

Considerando:

Que, la Subsecretaría de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Bahía Blanca viene ejecutando diferentes programas para mejorar el sistema de gestión de residuos vigente.

Que, los residuos generados en una ciudad, producto de las diversas actividades realizadas por los particulares, pueden contener sustancias peligrosas que ocasionen problemas ambientales y complicaciones en su gestión.

Que, en virtud de lo establecido en los párrafos que anteceden, es necesario otorgar un destino seguro y apropiado a todo tipo de baterías pequeñas y pilas en sus distintas clases, generadas por particulares, a los efectos de evitar la contaminación del aire, el suelo y el agua con su mala disposición.

Que, el presente Convenio prevé el servicio gratuito para todo el Partido de Bahía Blanca, de disposición final de los residuos mencionados, en la Planta de Tratamiento de Residuos Industriales propiedad de IPES S.A., ubicada en la Ruta Nacional Nº 33, Kilómetro Nº 18 de nuestra ciudad.

Por lo expuesto precedentemente, y teniendo en cuenta el visado del Convenio por parte de la Dirección General de Técnica Jurídica, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

D E C R E T A

ARTICULO 1º): Aprobar en todas sus partes el Convenio de Adecuación y Disposición Final de Residuos Especiales. Programa Pilas por la Preservación del Medio Ambiente, entre el Municipio de Bahía Blanca e IPES S.A., el cual tiene por objeto la disposición final en un lugar seguro y apropiado de todo tipo de baterías pequeñas y pilas en sus distintas clases, generadas por particulares, a los efectos de evitar la contaminación del aire, el suelo y el agua con la mala disposición de estos residuos.

ARTICULO 2°): Cúmplase, dése al R.O. y remítase al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación.